¿Qué atribuciones tendrá quien lidere el nuevo Gobierno Regional?

El domingo son las elecciones para definir al primer gobernador o gobernadora de Los Ríos. La nueva autoridad tendrá sus atribuciones presidir el Core, coordinarse con los demás órganos y servicios públicos y asignar recursos a programas de inversión.

Ya está todo listo para la elección definitiva y este domingo los habitantes de Los Ríos votarán por su primer gobernador o gobernadora regional. Deberán elegir entre la RN y representante de Chile Vamos, María José Gatica, y el socialista y representante de Unidad Constituyente, Luis Cuvertino.

Quien sea electo, asumirá el cargo el próximo 14 de julio y se mantendrá en él durante cuatro años. ¿Qué labores deberá cumplir?

PRINCIPALES FUNCIONES

El gobernador regional será la autoridad ejecutiva del Gobierno Regional. Es decir, presidirá el Consejo Regional, deberá coordinarse con los demás órganos y servicios públicos y también tendrá que coordinar, supervigilar y fiscalizar a los servicios públicos que dependan y se relacionen con el Gore.

Además, deberá asignar los recursos de los programas de inversión del Gore, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y de aquellos que correspondan, según transferencia de competencias.

Esta nueva autoridad, por ejemplo, formulará políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos; someterá al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones; someterá al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del Gore; representará judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo celebrar contratos; podrá nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza y velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.

TRANSFERENCIAS

Las anteriores serán sus funciones principales. Sin embargo, para fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales, el Ejecutivo también identificó 15 competencias en materia de fomento productivo, desarrollo social, planificación territorial, infraestructura y transportes, para transferírselas al gobernador regional. ¿En qué consisten? En el área de Vivienda y Urbanismo, estará a su cargo elaborar el anteproyecto de Plan Regulador Intercomunal; elaborar planos de detalle de espacios declarados de utilidad pública en los planes reguladores intercomunales; calificar las áreas y comunas sujetas a planificación urbana intercomunal; designar comisiones para asesorar los estudios de planificación urbana intercomunal y cautelar la generación de nuevas áreas urbanas en zonas rurales.

En el área de Transportes y Telecomunicaciones, la transferencia de competencias se centra en que los gobernadores regionales podrán decidir qué servicios de operación de transporte serán prioritariamente subsidiados; también podrán establecer restricciones vehiculares, autorizar cierres de calles para eventos u obras. Tendrá la facultad de determinar el número de concesiones de Plantas de Revisión Técnica y también deberá informar las necesidades comunales que tenga la región con respecto a las telecomunicaciones. Articularán el trabajo en materias de tránsito y otorgarán o modificarán las concesiones de radiodifusión comunitaria.

En temas de economía y fomento de la producción, podrán focalizar instrumentos y programas de Sercotec, modificar herramientas según las necesidades específicas de la región, crear nuevos instrumentos que solucionen problemas puntuales a través de fondos FNDR, entre otros aspectos. Mientras que la última transferencia fue asignar recursos a requerimientos regionales, como los programas “Yo emprendo” y “Acción”.

AÚN POR DEFINIR

Pero aún hay temas que quedan por definir. El director del Centro de Estudios Regionales y Desarrollo Territorial Cer-Uach, Egon Montecinos, explicó que actualmente se encuentran en el Congreso dos leyes, la de Descentralización Financiera y la Ley Corta, que precisa algunos temas. Por ejemplo, definir qué es una competencia y asignar a la Contraloría el rol de dirimente en torno a las controversias que se provoquen entre el delegado presidencial -cargo definido por el Ejecutivo- y el gobernador regional, entre otras materias.

Con respecto a la Ley Corta, Montecinos explica que hay dos materias muy importantes que fueron sugeridas por él al senador Alejandro Guillier y que fueron consideradas. La primera de ellas es que el delegado presidencial, en coordinación y en conjunto con el gobernador regional, podrán hacer presentes a la autoridad administrativa competente del nivel central las necesidades de la región. La ley original solo le otorgaba esta potestad al delegado.

Y la segunda es que el Gobierno Regional podrá convocar a los directores regionales de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la República, o a los secretarios regionales ministeriales, para abordar la contribución sectorial en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de desarrollo de la región, según corresponda. 

Montecinos expresó que “estas dos cosas contribuyen notablemente a la coordinación entre estas dos autoridades. Porque tal como estaba la ley se podía devenir en conflictos o falta de cooperación. Con estos dos artículos, el gobernador y el delegado tendrán que ponerse de acuerdo. Dada las circunstancias del contexto, es una buena noticia”.

Esta Ley Corta está en la Cámara de Diputados. Mientras que la Ley de Descentralización Financiera está todavía en discusión.

NUEVOS DESAFÍOS

Egon Montecinos destacó que, con las atribuciones que se tienen hasta ahora, “la robustez de un gobernador regional va a depender de la capacidad de coordinación y del manejo político que tenga con el delegado y los seremis. Especialmente si se aprueba la Ley Corta, porque se va a reducir la posibilidad de conflicto. Las 15 competencias bien usadas, más las que ya tiene el gobernador -presidir el Core, aprobar la cartera de proyectos del FNDR- más tener que coordinarse por ley para hacer gestión, me parece que es un buen contexto para iniciar. Ahora lo que viene es la Ley de Rentas Regionales y creo que esa batalla la van a tener que dar los propios gobernadores regionales”.

LA LABOR DEL DELEGADO PRESENCIAL

El delegado presidencial regional ejercerá el gobierno interior de cada región. Es el representante inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Será nombrado por el jefe del Estado y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza. Entre sus funciones, dirigirá las tareas de gobierno interior en la región, de conformidad con las orientaciones, órdenes e instrucciones que le imparta el Presidente de la República directamente o a través del Ministerio del Interior. También velará porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, el orden público, entre otras funciones.

Fuente: Soychile.cl