Desafíos del Proceso de Transferencia de Competencias

Desafíos del Proceso de Transferencia de Competencias

La transferencia de competencias es parte de un proceso de reforma del Estado, y como tal, supone desafíos relevantes en términos jurídicos, presupuestarios, técnicos, y humanos. En primer lugar, descentralizar ámbitos de política pública de mayor o menor envergadura, requiere de un acuerdo entre el ejecutivo y los gobiernos regionales sobre los alcances y bordes del procedimiento. En Chile, la Constitución de la República no detalla cuáles son las competencias que corresponden a cada nivel del Estado, o sobre cuáles puede tratarse el procedimiento, más bien, establece grandes ámbitos en los que éste se puede enmarcar, de ahí que el consenso previo es fundamental.

 

Luego de este primer acuerdo, se deben identificar claramente cuáles son las competencias jurídicas que habilitan a un ministerio o servicio a cumplir con las tareas que se busca descentralizar, y comprender su relación con otras competencias complementarias. Paralelamente, es fundamental sostener un diálogo con las asociaciones de funcionarios que representan a los funcionarios que ejercen las competencias.

 

Ya teniendo claras las competencias susceptibles de transferir, se inician los estudios respectivos, que requieren de un enfoque mixto, es decir, cuantitativo y cualitativo. Junto a un buen trabajo documental (sistematización y análisis de documentos jurídicos y técnicos), esta etapa requiere trabajo en terreno para conocer las dinámicas territoriales del ejercicio de competencias, y habilitar un diálogo transparente con los funcionarios. En esta etapa, además, se construyen o reconstruyen diagramas de proceso, y se analiza la estructura presupuestaria subtítulo a subtítulo.

 

Posterior a esto, la proyección del ejercicio de las competencias en el gobierno regional presenta otros desafíos, pues se deben adecuar flujos de proceso a un orgánica diferente, que no necesariamente cuenta con la misma capacidad de soporte (área de finanzas, área legal, etc.), revisar qué circuitos serían modificados con la transferencia, qué mecanismos se requiere llevar a cabo para resguardar la operación, etc.

 

Durante estos estudios, suelen identificarse otros nudos críticos, que pueden ser resumidos en las siguientes interrogantes:

 

  • ¿Cómo transferir competencias realizadas por nivel central, que se interrelacionan necesariamente con otras competencias que no son transferibles? Ejemplo de lo anterior puede ser la operatoria de un programa, que requiere para su ejercicio del soporte de otras competencias que necesariamente son de carácter nacional.
 
  • ¿Cómo transferir recursos y funcionarios requeridos para todo el territorio nacional? Esto suele ocurrir con las tareas de soporte transversales de los niveles centrales, como áreas de finanzas, logística, legislativas, pero también departamentos de estudios o similares.
 
  • ¿Cómo redistribuir las tareas que continúan realizándose en nivel central, en un escenario donde un conjunto significativo de funcionarios debe realizas sus funciones en un gobierno regional? Considerando que no existe una relación 1 a 1 entre funcionarios y competencias, suele ocurrir que uno o más funcionarios pasan al gobierno regional, pero algunas de sus tareas se mantienen en el nivel central, debiendo ser redistribuidas.

 

Junto a estas interrogantes, surgen otras identificadas por los propios funcionarios, referidas principalmente a su continuidad laboral, sus condiciones de trabajo, y la proyección de la carrera funcionaria.

 

Terminada la etapa de estudio, el procedimiento de transferencia de competencias culmina con la toma de razón de un Decreto Supremo por parte de la Contraloría General de la República. Si bien este paso debiera enmarcarse en el tiempo establecido por la norma (6 meses para el total del procedimiento), en la práctica tarda mucho más, pues son documentos de alta complejidad jurídica y detalle técnico, que por lo demás son nuevos en el marco administrativo chileno.

 

Por último, luego de su respectiva tramitación, las competencias transferidas deben implementarse en los gobiernos regionales de destino. Para ello debe existir una preparación técnica (capacitaciones, protocolos, instrumentos, etc.).  Una vez concluida esta fase, cuyo contenido y tiempo de duración varía según cada competencia, la responsabilidad administrativa del ejercicio recae en el gobierno regional. Este ejercicio es monitoreado de acuerdo con indicadores claramente identificados en el Decreto. La información del monitoreo es almacenada y sistematizada por SUBDERE, para luego servir de insumo al Consejo de Evaluación de Competencias.