Áreas Metropolitanas

Competencias en Áreas Metropolitanas

Dentro de la Ley N° 21.074, se establece que cuando la constitución de un área metropolitana se realice de oficio, el respectivo decreto supremo deberá especificar, conforme al artículo 114 de la Constitución Política de la República, las competencias que le serán transferidas a los gobiernos regionales, en forma temporal o definitiva, en las áreas de transporte, inversiones en vivienda, medio ambiente y obras públicas, que sean indispensables para la efectiva administración del área que se constituye. Los recursos que se entreguen en virtud de las competencias transferidas sólo podrán destinarse al área metropolitana administrada.

 

Sin perjuicio a lo dispuesto en el artículo 104 quáter, en aquellas regiones en las cuales se decrete una o más áreas metropolitanas, el Gobierno Regional aprobará y/u opinará los siguientes instrumentos de planificación y medidas: 

  • Aprobar el Plan Maestro de Transporte Urbano Metropolitano y sus modificaciones, propuesto por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Aprobar el sentido del tránsito vehicular de las vías urbanas definidas como intercomunales, en coordinación con la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Aprobación del Plan Regulador Metropolitano o Intercomunal, según sea el caso, y sus modificaciones, y el Plan Intercomunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público y sus modificaciones.
  • Dar opinión al Ministerio del Medio Ambiente para la aprobación de los Planes de Prevención o de Descontaminación que involucren un área metropolitana.
  • Administrar la recolección, transporte y/o disposición final de los residuos sólidos domiciliarios de una o más municipalidades del área metropolitana. A falta de acuerdo de los Municipios involucrados, en el periodo anterior a la entrada en vigencia del Plan Regional de Ordenamiento Territorial (art. 17 a), definir la localización de los rellenos sanitarios.

Áreas Metropolitanas Constituidas

Área Metropolitana Alto Hospicio – Iquique

  • Administración : Gobierno Regional de Tarapacá.
  • Formalización :  Decreto N°193 de diciembre de 2023.
  • Comunas que la conforman (2) : Alto Hospicio y Iquique
    Población total : 299.843 habitantes.
  • Superficie :  2.861,4 kilómetros cuadrados.

Avances Gestión AM

  • Consejo Consultivo de Alcalde : Constituido y con reglamento vigente.
  • Competencias Transferidas : Elaboración del Plan regulador intercomunal o metropolitano.
  • Fondo de Inversión Metropolitana : En gestiones con DIPRES para su creación

Área Metropolitana del Gran Santiago

  • Administración: Gobierno Región Metropolitana.

  • Formalización:  Decreto N°337 de 28 agosto de 2024

  • Comunas que la conforman (48): Santiago, Curacaví, Cerrillos, Cerro Navia, Conchalí,  El  Bosque,  Estación Central,  Huechuraba,  Independencia,  La  Cisterna,  La  Florida,  La  Granja,  La  Pintana,  La Reina, Las Condes, Lo Barnechea, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Maipú, Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Peñalolén, Providencia, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Recoleta, Renca, San Joaquín, San Miguel, San Ramón, Vitacura, Puente Alto, Pirque, San José de Maipo, Colina, Lampa, Tiltil, San Bernardo, Padre Hurtado, Buin, Paine, Calera de Tango, Talagante, Peñaflor, El Monte, Isla de Maipo y María Pinto.

  • Población total: 7.210.375 hab.

  • Superficie:  11.718 km2 

Avances Gestión AM
 

Área Metropolitana del Gran Concepción

 

  • Administración: Gobierno Regional de Biobío.

  • Formalización:  Decreto N°326 de 28 agosto de 2024.

  • Comunas que la conforman (11): Tomé, Penco, Talcahuano, Hualpén, Concepción, Chiguayante, Hualqui, San Pedro de la Paz, Coronel, Lota y Santa Juana.

  • Población total: 1.012.490 hab.

  • Superficie:  2.830,4 km2

Avances Gestión AM