Gobiernos Regionales y Autoridades
Los gobiernos regionales fueron creados el año 1991 a través de la reforma constitucional contenida en la Ley N°19.097. A partir de dicha reforma, se publicó la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (1992) El marco legal vigente establece para los gobiernos regionales:
- Su objeto y naturaleza;
- Sus funciones generales, por materias y atribuciones;
- Las atribuciones específicas del gobernador regional, tanto en su rol ejecutivo, como de presidente del consejo regional;
- Atribuciones del consejo regional;
- El sistema de elección, tanto del gobernador regional como del consejo regional, y
- La estructura organizacional y órganos asesores, colaboradores y consultivos.
Si bien se trata de un organismo descentralizado, forma parte de los órganos de la administración del Estado y, en consecuencia, le son aplicables las disposiciones generales que rigen a estos. Asimismo, están sujetos al control y fiscalización de la Contraloría General de la República.
El gobernador o gobernadora regional es el órgano ejecutivo del gobierno regional y, también, preside el consejo regional. Es elegido por sufragio universal en votación directa. El mandato dura cuatro años, con la posibilidad de reelección consecutiva por un período adicional.
A partir de la segunda elección, los comicios para encabezar el gobierno regional se realizarán de manera conjunta a las de consejeros regionales, alcaldes y concejales.
Avance hacia una gobernanza descentralizada: la elección de los gobernadores y gobernadoras regionales
La elección directa de gobernadores y gobernadoras regionales representa un avance hacia una gobernanza más descentralizada, participativa y transparente, permitiendo a las regiones gestionar su desarrollo y responder mejor a las demandas locales.
La creación de los cargos de gobernador o gobernadora regional y delegado o delegada presidencial regional separa las funciones de gobierno interior y administración; las primeras a cargo de las delegaciones presidenciales y, la de administración, en el gobierno regional.
Fortalecimiento del ejercicio democrático
Nuevos liderazgos regionales
Informe de gestión anual
Incompatibilidades del cargo de gobernador o gobernadora regional
Reelección de gobernadores y gobernadoras regionales
Las delegaciones presidenciales regionales y provinciales, están dirigidas por delegados y delegadas designadas, quienes son representantes directos del Presidente o Presidenta de la República en la región o provincia respectiva. Son responsables de los asuntos del gobierno interior, seguridad pública, emergencias y la coordinación de los servicios públicos que operan en el territorio.
Es un órgano colegiado que tiene por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad en la toma de decisiones del Gobierno Regional. Tiene distintas atribuciones y entre las más relevantes está aprobar el presupuesto de la región.
Las consejeras y consejeros son electos por votación directa cada cuatro años y representan a los distintos distritos de la región. El Consejo Regional está presidido por el gobernador regional.
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