Se aprueba en general el proyecto de ley corta de descentralización en la Sala del Senado

La iniciativa fue aprobada por 36 votos a favor, dos abstenciones y ningún voto en contra. Cabe mencionar que hubo tres pareos: senadores Girardi – Ossandón, Van Rysselberghe – Goic y Letelier – Galilea.

Ahora el proyecto vuelve a la Comisión de Gobierno para su discusión en particular. Se estableció como plazo para la presentación de indicaciones el próximo 22 de enero, hasta las 12:00 horas.

La estructura del proyecto consta de dos artículos permanentes y uno transitorio. El artículo 1 introduce modificaciones a la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (LOCGAR). El artículo 2 incorpora tres artículos nuevos a la ley N°10.336, de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República. Y el artículo transitorio da un plazo de seis meses para dictar el reglamento sobre evaluación de competencias.

Respecto de las modificaciones a la LOCGAR, se abordan las siguientes materias:

  • Se incorpora una definición de competencias en el art. 21 bis LOCGAR.
  • Se establece que las comisiones de servicios de personal, para el caso de transferencias de competencias temporales, tengan una vigencia hasta el periodo que dure el traspaso de la competencia, con el personal necesario.
  • Los recursos para el ejercicio de las competencias se transferirán vía convenios.
  • Se clarifica el silencio negativo en caso de que no exista pronunciamiento respecto de traspasar o no una competencia.
  • Se establece un procedimiento de evaluación del ejercicio de las competencias transferidas, a cargo de Subdere, Dipres y ministerio o servicio público respectivo. El Gore emitirá un informe sobre el ejercicio de la competencia. Los indicadores que midan el ejercicio de la competencia pueden ser utilizados como metas del PMG. La Subdere deberá promover la capacitación y asistencia técnica de los GORES para un mejor ejercicio de las competencias. Un reglamento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, suscrito por Hacienda y Segpres, regulará otros aspectos. Finalmente, Subdere remitirá las evaluaciones al Congreso y Gore respectivo.
  • Se explicita que las competencias traspasadas definitivamente solo podrán ser revocadas por ley.
  • Se explicita que el gobernador regional es el superior jerárquico de los directores de los servicios públicos creados en conformidad al Art. 6 transitorio de la Ley. 21.074.
  • Se modifican normas de la unidad de control del Gore. Se amplía el ámbito de los informes trimestrales, y que los actos ilegales representados como ilegales, se remitan al CORE. Además, el jefe de dicha unidad es elegido por ADP, y no por un mecanismo “análogo”. 

Respecto de las modificaciones en la Ley Orgánica de la Contraloría, se incorporan tres artículos nuevos para regular un mecanismo que resuelva controversias entre autoridades nacionales, regionales, provinciales y comunales. Primero se hace una petición por parte del órgano o autoridad que se atribuye la competencia o la falta de ella. Luego, la Contraloría, si la declara admisible, solicita un informe a los actores involucrados en el plazo de diez días hábiles. Finalmente, el contralor tiene diez días hábiles para resolver.

Cabe recordar que este proyecto es el resultado de la Mesa Técnica de Descentralización, convocada por el Presidente de la República en su cuenta pública del 1 de junio de 2019, y cuyo informe final le fue entregado el 18 de octubre de ese año. Este proyecto obedece a las conclusiones y recomendaciones de dicho informe.


Jueves 7 de enero, 2021.